Espacio Terrestre: objeto de estudio de la Geografía. Bitácora de Geografía Teórica y otros campos de conocimiento del autor. Su objetivo es el conocimiento científico geográfico en el método de la modernidad.
Exposición de Hechos;
Dr. Luis Ignacio Hernández Iriberri:
Pasadas las 23:00 h del viernes 15 de marzo de 2013, mi hijo Marduk Chimalli Hernández Castro, es detenido por la policía a unos 200 m antes de llegar a su domicilio, luego de haber acompañado a su hermana a tomar el transporte colectivo.
Se le imputaba el responder físicamente a ciertos rasgos de una persona que en ese momento se buscaba, y que se hacía para que la persona ofendida llegase a la identificación. En el intervalo en que dicha persona llegaba, se comunicó telefónicamente conmigo, acudiendo yo en su auxilio. Cuando llegué a lugar se dio la misma información, manifestándome la policía que, en tanto la mujer afectada decía reconocerlo como la persona que lo agredió, que tendríamos que ir a la Delegación a “aclarar la situación”.
Accedí a ello, bajo un buen trato por la policía. En la Agencia del Ministerio Público N° AZ-3 me presenté con la ofendida tratando de hacerle ver la confusión, manifestando ella ciertamente su dudas; su esposo comentó que ella era psicóloga, por lo que enfaticé el hecho de que ella entendería perfectamente bien que en las circunstancias dadas, no podía afirmar sin dudas una identidad, lo cual, aceptó, objetando, no obstante, que “habían ciertos rasgos de parecido” (no más que: 1) se hombre, y 2) vestir un “pants” azul con blanco). No obstante, presionada por su esposo que la inducía a sostenerse en su acusación, “porque ya estaban hartos de les estuviese sucediendo ese tipo de cosas”, no accedió a desdecirse ante el Ministerio Público.
Ya durante la primeras horas de la madrugada la ofendida hizo su declaración, y horas más tarde mi hijo hizo la suya, ambas en las mismas condiciones: 1) por parte de ella, el haber sido asaltada en la Av. Clavería esquina con Nubia unos instantes antes de que circulara por ese punto una patrulla a la que de inmediato pidió auxilio, pudiendo señalarle aún incluso físicamente al asaltante (según declaración de ella como de la policía), dándose la policía en su persecución sobre la Av. Clavería, “teniéndolo a la vista” (según declaración de la misma policía), e incluso observando éstos cómo el sujeto arrojaba lo robado a las azoteas de las casas (sin precisarse cuáles); y 2) por parte de mi hijo, su inocencia, pues transitaba por la Av. Heliópolis luego de haber ido a dejar a su hermana a tomar el transporte colectivo, siendo detenido en la esquina de esta Av. Heliópolis y Nubia, paralela, y distante cinco calles del lugar de los hechos, a unos 200 m antes de llegar a su domicilio.
Al día siguiente, sábado 16 de marzo, por la tarde, la ofendida se presentó nuevamente en la Agencia del Ministerio Público, y en el diálogo con nuestro abogado, manifestó estar dispuesta a retractarse, pero lo cual ya no pudo ser, pues se convertía en delito de falso testimonio, razón por la cual la causa se siguió de oficio.
Sin que a mí se me tomase declaración, ni a nadie más, por la noche mi hijo fue trasladado al Reclusorio Norte.
A mi hijo no se le encontró huyendo, no ofreció resistencia alguna, ni le fue encontrado objeto alguno producto del robo, y más aún, se comunicó por teléfono para que acudiera en su auxilio.
Habiéndonos dejado el abogado el abogado de la parte ofendida un número telefónico, en el entendido de que más adelante habría oportunidad para quela ofendida manifestara sus dudas sobre la identidad, nuestro abogado se puso en contacto acordándose una entrevista para esos efectos, para el lunes 1° de abril.
Tanto sobre la Av. Clavería, lugar de los hechos, como sobre la Av. Heliópolis, de tránsito de mi hijo, existen cámaras de videograbación, cuya información fue solicitada a dicha autoridad para que se recabara, no obstante dicha autoridad negó la existencia de las mismas; existiendo adicionalmente la cámara del centro comercial que la ofendida da como referencia de los hechos:
Cámara N° 4551; Clavería e Irapuato (tránsito de la ofendida).
Cámara N° 1261; Heliópolis y Texcoco (tránsito de mi hijo).
Cámara Tránsito Vehicular; Glorieta de Camarones.
Cámara Interna; centro comercial Oxxo.