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  • : Espacio Geográfico. Dr. Luis Ignacio Hernández Iriberri
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30 agosto 2014 6 30 /08 /agosto /2014 22:04

Los Pronunciamientos de Insurrección en México desde 1821.  El Pronunciamiento de Jalisco, 1844.  (9/)

Dr. Luis Ignacio Hernández Iriberri.

http://espacio-geografico.over-blog.es/

07 jul 14.

 

El Pronunciamiento de Jalisco de 1844, ocurrió producto de una iniciativa del Departamento de Jalisco al Congreso nacional, en la que se hacía la siguiente proposición: <<Primera: El Congreso hará efectiva la responsabilidad el gobierno provisional, a que lo sujetó la sexta de las Bases acordadas en Tacubaya…; Segunda: se deroga la ley del 21 de agosto de 1844 por las que se imponían contribuciones extraordinarias; Tercera: El Congreso se ocupara en reformar los artículos que han demostrado ser contrarios a la prosperidad de los Departamentos>>; fue promovido, pues, por el entonces Departamento de Jalisco, y se puso a la cabeza del mismo al conservador Mariano Paredes y Arrillaga, y a manera de su legitimación, fue la proclama de Pánfilo Galindo a las tropas a su mando, cuyas ideas centrales fueron: 1) el ejército no es de genízaros al servicio discrecional de un señor absoluto; 2) garantizará los derechos; 3) responder a la voluntad nacional; 4) momento extremo de males; 5) el saqueo económico; 6) las fortunas improvisadas que insultan la miseria pública, el hambre y la desnudez; así, el 2 de diciembre, Mariano Paredes lo hacía en un Manifiesto a la nación.  Las ideas expuestas en el Manifiesto de Mariano paredes, las expone Olavarría y Ferrari: 1) Se iniciaba con el recuento del pronunciamiento de 1841 cuyo resultados fueron las Bases de Tacubaya; 2) el ejército guardaba un estado deplorable al servicio de los caprichos de Santa Anna; 3) en la miseria las viudas y familias de patriotas; 4) presupuesto militar, no obstante, en una exorbitante suma; 5) la hacienda desorganizada y en la bancarrota, y el tesoro rodeado de acreedores inexorables, de agiotistas ávidos e insaciables; 6) préstamos dilapidados; 7) fuertes contribuciones; 8) provocaciones distractoras de la situación nacional (declaraciones de guerra, conflicto de Texas y Yucatán); 9) obligar a Santa Anna a rendir cuentas ante el Congreso; proclama al final de la cual se exponía la defensa del siguiente artículo: <<Los actos de gobierno del general don Antonio López de Santa Anna, del 10 de octubre de 1841 hasta el 31 de diciembre de 1843, de cualquier clase que sean, quedan sometidos al examen y aprobación del actual Congreso nacional, en cumplimiento del artículo sexto de las Bases de Tacubaya y del segundo de los convenios de Estanzuela: mientras dura el juicio de residencia, el señor Santa Anna no podrá ejercer las gloriosas funciones del primer magistrado de la República>>.

 

Nuevamente, reconocido el Congreso, se desconocía al Ejecutivo; pero esta vez, el Congreso estuvo del lado del Ejecutivo y rechazó la insurrección de Jalisco; y entonces éste se diluyó en embajadas y protocolos reivindicando posiciones de fuerza, a la vez que Santa Anna era recriminado por haber movilizado al ejército sin autorización de las cámaras, de donde se derivó sin control del gobierno y en el desprestigio de Santa Anna, una revuelta popular, en lo que en breve lapso se sucedían presidentes interinos, provisionales, se suspendió el Congreso el 29 de noviembre, se detuvo a unos y a otros, etc; en un desorden descomunal en el que el propio Santa Anna, desconocido como Presidente de la República a principios de diciembre, se pronunció desde Querétaro unos días después, el 22 de diciembre.

 

 

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